C.C.T. Nro 807/23 - DEPORTIVAS Y CIVILES
ANEXO I - CATEGORIAS DEL PERSONAL
PERSONAL JERARQUICO
PERSONAL JERARQUICO:
Se hallan comprendidos dentro de este personal, aquellos cuyas tareas son de supervisión y
dirección general, teniendo a su cargo la responsabilidad directa e indirecta de todo el personal
proporcionada a su escala jerárquica.
Este personal se caracteriza por las siguientes condiciones que lo destacan netamente:
a) En ausencia del superior reemplaza automáticamente a éste mientras dure la misma.
b) En ausencia de los miembros del Órgano Directivo, la responsabilidad administrativa
corresponderá a quien ejerza la categoría tope superior.
c) Son ejecutoras de las indicaciones que formule la Comisión Directiva y deben guardar el secreto de las resoluciones frente al resto del personal y frente a terceros, salvo los problemas que puedan ser atingentes a los intereses de dicho personal.
d) Se considerará Jefe/a de Departamento a quien tiene responsabilidades de dirección o
supervisión de 2 o más secciones o a las personas jefes/as que por la amplitud o importancia de sus funciones así les corresponda.
Las categorías de este personal serán las siguientes:
1era. Categoría: Directivos, Gerente/a General, Administrador/a general o similar.
2da. Categoría: Sub-Gerente/a, Sub-Administrador/a General, Asesor/a Letrado/a, Contador/a,
Médico/a, Gerente/a de Filial o Área.
3ra. Categoría: Jefe/a de Área, Jefe/a de Cómputos, Jefe/a de Personal, Jefe/a de Contaduría, Jefe/a de Departamento, Jefe/a de Tesorería; Farmacéutico/a, Director/a de Jardín de Infantes, de Jardín Maternal, Profesional Universitario/a de la salud (Odontólogo/a, Kinesiólogo/a, Psicopedagogo/a, Asistente Social, Licenciado/a en Enfermería) Administrador/a de Sistemas Senior, Administrador/a de Bases de Datos Senior, y Líder de Proyectos Senior; Jefe/a de Brigada, Jefe/a de Mantenimiento; Maitre.
4ta. Categoría: Administrador/a de Colonias, Proveedurías u Hoteles, Jefe/a de Sección,
Administrador/a de Sistemas Semi Senior, Administrador/a de Bases de Datos Semi Senior, y Líder de Proyectos Semi Senior, Jefe/a de Locutores, Administrador/a de Servicios Funerarios
5ta. Categoría: Encargado/a de Sección, Filial u Oficina, Administrador/a de Sistemas Junior,
Administrador/a de Bases de Datos Junior y Líder de Proyectos Junior, Locutor/a, Animador/a,
Encargado/a de la contratación de Servicios Funerarios, Responsable de Exequias y Ceremonial.
PERSONAL ADMINISTRATIVO
PERSONAL ADMINISTRATIVO:
1era. Categoría: Secretario/a de Gerencia, Secretario/a de Administración de Asuntos Legales,
Cajero/a Principal, Docente, Maestra/o Jardinera/o, Profesor/a, Instructor/a, Administrativo/a de
Área Contable, Administrativo/a de Área Jurídica y Administrativo/a de Área de Liquidación de
sueldos y jornales; Soporte Técnico y Analista Programador/a Senior, Locutor/a Informativo/a.
2da. Categoría: Asistente de Área, Bibliotecario/a, Dibujante, Cajero/a, Archivista, Telefonista con más de 5 líneas y/o 25 internos, Soporte Técnico y persona Analista Programadora Semi Senior, persona Locutora Comercial, Terapeuta, Operador/a, Socializador/a, Acompañante de personas enfermas.
3era. Categoría: Facturista, Auxiliares Principales Telefonista hasta 5 líneas y/o 25 internos, Soporte Técnico y persona Analista Programadora Junior y Training.
4ta. Categoría: Auxiliar 1ra. Con experiencia,
4ta Categoría: Auxiliar 2da. ingresante sin experiencia.
5ta. Categoría: Cadete, Recepcionista.
En cuanto al personal de 4ta. Cat. Aux. 2da. deberán desempeñarse en toda tarea administrativa que la Entidad le asigne.
Ascensos en la 4ta categoría Auxiliar 2da. Ingresante sin experiencia. Al transcurrir 1 año desde la fecha de ingreso del/la trabajador/a en esta categoría, ascenderá a la inmediata superior (4ta
Categoría Auxiliar 1ra. con experiencia)
PROMOTORES/AS, VENDEDORES/AS Y COBRADORES/AS.
PROMOTORES/AS, VENDEDORES/AS Y COBRADORES/AS.
Se establece que los/as promotores/as, vendedores/as y cobradores/as incluidos en esta categoría
percibirán su remuneración mediante comisión solamente y en base exclusivamente a las
operaciones que ellas concierten. Dichas comisiones se liquidarán en forma mensual
estableciéndose que, si el monto de las mismas no alcanzare el mínimo establecido en este
convenio para dicha categoría, la empleadora deberá integrar la diferencia garantizando en todos
los casos una remuneración mensual que alcance dicha suma. Teniendo en cuenta las
características particulares de esta categoría, aquellos/as trabajadores/as que no tengan que
cumplir horarios de trabajo fijos, no percibirán el adicional convencional denominado
presentismo.
PERSONAL DE SERVICIOS
PERSONAL DE SERVICIOS:
1ra. Categoría: Oficial Calificado/a, Mayordomo/a, Encargado/a de Mantenimiento, Encargado/a de Depósito, Encargado/a de Proveeduría, Encargado/a de área, Cocinero/a, enfermero/a, Técnico/a con título habilitante, Mozo/a, Barman, Gambucero/a, Adicionista, Bañero/a o guardavidas de pileta de natación o piscina, Peón, Ayudante/a de Barman, Sereno/a.
2da. Categoría: Ascensorista, Ayudante/a de Cocina, Portero/a, Casero/a, Chofer, Ordenanza, Oficial Mantenimiento, personas que han adquirido idoneidad y experiencia en el cuidado, orientación y ayuda a personas. Personal de tareas de mantenimiento, limpieza, cocina y servicios de atención de la salud en consultorios. Personal de servicios fúnebres y preparación de cadáveres, choferes de traslado y cortejos fúnebres.
3ra. Categoría: Peón General, Mucama/o, Medio Oficial, Servicio mantenimiento, Lavacopas.